Introducción
Los estados modernos para el fiel cumplimiento de sus funciones a favor de la población han desarrollado mecanismos que facilitan la vigilancia y control de los procesos de recaudación de los impuestos que se verterán en obras de carácter social. De tal manera cada país estructura leyes, organismos y procedimientos a los fines de la obtención de los recursos necesarios para su funcionamiento.
¿Para qué sirve el RFC?
En México el sistema tributario, conocido como Registro Federal de Contribuyentes o RFC (por sus iniciales en español) es un mecanismo estatal mediante el cual se establecen las tasas impositivas y los modos de recaudación para las personas físicas y morales. Dicho mecanismo establece la forma de identificación, declaración y pago obligatorio de impuestos. Es una vía que permite el ingreso de grandes recursos en las arcas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la vez aplicar las sanciones en caso de evasión.
Los trámites se realizan en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), organismo cuya responsabilidad es aplicar todo lo referente a legislación fiscal y aduanera, de tal modo que los ciudadanos y las empresas contribuyan de forma proporcional, equitativa y justa con el gasto que realiza el Estado mexicano.
La misión de la RFC es realizar la recaudación tributaria y aduanera prevista por la Ley, facilitándoles a los contribuyentes las herramientas adecuadas y pertinentes para el cumplimiento voluntario. De acuerdo a lo anterior la visión del organismo se proyecta en una institución moderna establecida con el propósito de promover entre los contribuyentes el cumplimiento voluntario de sus obligaciones mediante procedimientos sencillos.
Los ingresos del estado provienen en orden de importancia del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), al que le corresponde un aporte de 26.2 %, de acuerdo a lo establecido por la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), seguido del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que permite el ingreso del 15.6 % de los ingresos y el Impuesto Especial de Producción y Servicios (IEPS), que aporta el 2.9 % de los ingresos totales.
Procedimiento de recaudación del RFC
Para participar en los procesos de recaudación de impuestos los ciudadanos deben inscribirse ante la RFC, lo que les permite acceder a una clave estructurada por una serie de dígitos y letras que da por resultado una denominación que identifica al portador a los efectos de las declaraciones respectivas. Además se requiere aportar información referida a la fecha de nacimiento o de registro empresarial. Dicha clave será obligatoria a los fines de activar los procedimientos requeridos por la Secretaria de Hacienda y Credito Público (SHCP).
Al estar inscritos en el RFC, las personas, físicas o morales, se obligan a dar fiel cumplimiento a las leyes, normas y reglamentos existentes alrededor del hecho fiscal, en función de establecer los controles necesarios sobre las actividades económicas que realicen.
Beneficios del RFC
La recaudación de impuestos permite que los habitantes de un país tengan la posibilidad de acceder a ciertos beneficios, que más que una obligación de los entes gubernamentales, es un derecho para los ciudadanos. El RFC otorga beneficios a quienes cumplan con el mandato de declarar los ingresos obtenidos durante el año fiscal precedente, entre esos beneficios están:
- Tener acceso a programas sociales o becas.
- Abrir cuentas en entidades bancarias.
- Vender propiedades.
- Acceder al beneficio de la seguridad social.
- Participar en la Administración de Fondos para el retiro.
¿Qué regímenes fiscales hay?
Los regímenes son el conjunto de obligaciones y normas a que está obligada una persona física o una persona moral. En tal sentido los más comunes son:
- Asalariados: sueldos y salarios obtenidos mediante la prestación de un servicio a título personal en calidad de subordinado de una empresa o del estado mexicano.
- Honorarios profesionales: ingresos provenientes del ejercicio profesional a partir de servicios prestados a terceros, de modo independiente.
- Incorporación fiscal: este régimen es para las personas que poseen una actividad lucrativa propia, tales como talleres, empresas prestadoras de servicios, empresas lucrativas. A los efectos de la incorporación fiscal las personas gozan de ciertos beneficios, entre esos están: acceso a la seguridad social, exoneración de impuestos durante el primer año del negocio y acceso a créditos para crear o ampliar un negocio o empresa.
- Arrendamiento de inmuebles: la propiedad sobre inmuebles y su posterior alquiler se convierte en acto que permite la obtención de ingresos sobre los cuales se aplica un gravamen. A tales efectos los ingresos provienen del alquiler de casas, departamentos, edificios, locales comerciales, entre otros.
- Actividades empresariales: toda actividad empresarial implica procesos de ganancias y desarrollo de capital, en tanto usufructo de beneficios sobre áreas específicas, entre las cuales están: actividades de comercio, industrias, empresas agrícolas, talleres mecánicos, restaurantes, institutos de educación privada, artesanías, etc.
En cuanto a los regímenes para personas morales tenemos los siguientes:
- Régimen general: son aquellas personas que participan en actividades con fines de lucro, tales como sociedades anónimas (S.A.) de carácter mercantil, cuyos titulares participan asociados a capitales sociales por la vía de títulos o acciones. También lo son por pertenecer a sociedades cooperativas (S.C.), de las que participan en función de ser portadoras de certificaciones adscritas a estructuras de funcionamiento cooperativo.
- Régimen con fines no lucrativos: corresponde con aquellas personas morales que no se benefician de utilidades directas, tales como sociedades civiles (S.C.), cuyo motus propio es transcender socialmente mediante el ejercicio de actividades que benefician a colectivos como son las asociaciones civiles (A.C.) de carácter deportivo, cultural, educativa, o de naturaleza vinculada a los intereses de sus miembros.
Tanto las personas civiles como las personas morales pueden participar de más de un régimen impositivo.
¿Qué es el RFC genérico?
El régimen genérico está referido para toda actividad comercial de venta al público en general y en la cual se hace necesaria la elaboración de facturas electrónicas. A tales efectos se consideran con esa característica las ventas de mostrador. Este RFC se usa cuando no se dispone del RFC del cliente con homoclave.